Subvenciones para proyectos culturales de gran formato 2023-2024
Información importante (Resolución de 29 de octubre de2024):
Quinto.- Otorgar a los beneficiarios incluidos en el Anexo I de esta Resolución, que no lo estuvieren en el de la Resolución provisional de concesión, un plazo de diez (10)
días hábiles, contados a partir del día siguiente ala publicación de la presente Resolución, que se realizará en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de la aceptación de la respectiva subvención con las condiciones establecidas en la citada convocatoria, indicando que de no hacerlo dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.
Sexto.- De conformidad con lo establecido en la base17 de la convocatoria, para los proyectos ejecutados en el año 2023 el plazo de justificación finalizará transcurridos quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución definitiva de concesión, mientras que para los proyectos ejecutados en 2024 el plazo de justificación finalizará el 15 de noviembre de 2024. Para los proyectos no finalizados, en el caso de que se solicite y se conceda el abono anticipado de la subvención, el plazo para realizar la actividad y justificación finalizará el 31 de diciembre de 2024.
Resolución de 25 de septiembre de 2024, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria de subvenciones | Detalle del anuncio
Plazos importantes que indica la resolución:
Quinto.- Otorgar a los beneficiarios señalados en el Anexo I, un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución de concesión provisional en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de la aceptación de la respectiva subvención, con las condiciones establecidas en la citada convocatoria, indicando que de no hacerlo dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención, todo ello de conformidad con los dispuesto en la base 15. La aceptación se realizará a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, Área Personal, Búsqueda de Expedientes y la opción “aportar documentación”.
Sexto.- Otorgar a los interesados un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución de concesión provisional, para la presentación de las alegaciones, la documentación y fundamentación que estimen pertinente, en virtud de lo dispuesto en la base 15. La presentación de documentación se realizará a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, Área Personal, Búsqueda de Expedientes y la opción “aportar documentación”.
Si deseara hacer una consulta, a efectos de ser más precisos con nuestra respuesta, le rogamos nos remita su pregunta al siguiente correo del ICDC, que procederemos a contestar, si fuera necesario tras dirigir su planteamiento a la Dirección General, a la mayor brevedad.
IMPORTANTE: El correo ha de incluir tanto la pregunta como la base de la convocatoria en laque se plantea la duda. Sin ambos requisitos, no podremos atender la cuestión planteada.
Documentos orientativos
Memoria Económica Financiera* | Memoria Descriptiva Modalidad A* | Memoria Descriptiva Modalidad B* | Memoria Descriptiva Modalidad C*
*Estos modelos son orientativos, no prescriptivos, para facilitar la cumplimentación de la documentación requerida en las convocatorias.
Acceso a sede electrónica
A quién está dirigido: Asociaciones y Autónomos y Pymes
Inicio del trámite: Interesado
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las presentes subvenciones las empresas culturales, entidades culturales sin ánimo de lucro y profesionales autónomos, que cuenten con alguno de los siguientes requisitos:
a) Empresas o entidades empresariales culturales con objeto social relacionado con la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3 con domicilio social y residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Profesionales autónomos, inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya actividad profesional principal se encuentre relacionada con la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3.
c) Entidades sin ánimo de lucro constituidas con arreglo a lo dispuesto en la legislación vigente y registradas en el registro correspondiente de la Administración Pública de Canarias, como mínimo seis meses antes de la publicación de la presente convocatoria, cuyos estatutos y proyecto se refiera a la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3.
Grado de administración electrónica: Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea: No
Requisitos previos:
- Requisitos de proyectos bases 6.
- a) Celebrarse en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- b) Tener formato presencial, virtual o híbrido, con asistencia de público en los tres casos.
- c) El presupuesto de gastos del proyecto para el que se solicita la subvención debe ser igual o superior a los cien mil euros (100.000,00 €), impuestos no incluidos.
- d) El proyecto deberá alcanzar una puntuación total mínima en la fase de valoración de 50 puntos, de acuerdo con los criterios de valoración previstos en la base 13, siendo excluidos los proyectos que no alcancen dicha puntuación.
- e) Cada entidad solicitante (persona física o jurídica) podrá presentar como máximo un proyecto para cada uno de los años que cubre la convocatoria, esto es, un proyecto realizado en 2023 y/o un proyecto en 2024. En el caso de conflicto entre varias solicitudes por este motivo se aceptará a trámite aquella que se haya presentado primero y se desestimará el resto.
- f) No podrá presentarse a esta convocatoria un mismo proyecto por distintas personas físicas o jurídicas, por más de una entidad solicitante, por diferentes representantes de la misma entidad solicitante, ni por un mismo representante para dos o más entidades solicitantes.
Cuantía
- 1. Proyectos ejecutados en 2023.
- La dotación económica para los proyectos ejecutados en el periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2023 es de un millón trescientos mil euros (1.300.000,00 €) de acuerdo con la siguiente distribución por modalidades:
- Modalidad A: 800.000,00 €
- Modalidad B: 250.000,00 €
- Modalidad C: 250.000,00 €
- En caso de existencia de remanentes en alguna modalidad, se utilizará en aquella con un mayor número de solicitudes desestimadas por falta de consignación presupuestaria.
- 2. Proyectos ejecutados o a ejecutar en 2024.
- La dotación económica para los proyectos ejecutados o a ejecutar en el ejercicio 2024 es de un millón trescientos mil euros (1.300.000,00 €) de acuerdo con la siguiente distribución por modalidades:
- Modalidad A: 800.000,00 €
- Modalidad B: 250.000,00 €
- Modalidad C: 250.000,00 €
Criterios de valoración y baremación:
- Los previstos en la base 13 para cada modalidad.
Forma de Abono:
- Con el objetivo de superar las dificultades a las que se enfrentan las entidades beneficiarias en la obtención de financiación y facilitar la promoción del desarrollo del sector cultural canario, el abono se podrá anticipar para aquellos proyectos no finalizados y para los que así se solicite, sin la exigencia de constituir garantía previa. A los efectos del abono anticipado, el solicitante deberá acreditar la insuficiencia de recursos y la inexistencia de subvenciones con abono anticipado pendientes de justificar. La declaración de insuficiencia de recursos suficientes y petición de abono anticipado se acompañará a la solicitud inicial, mediante la certificación establecida en la base 11.
Acceso a sede electrónica
Bases
Resolución Provisional
Declaración aceptación
Memoria económica justificativa
Memoria de actuación justificativa
Resolución Definitiva