Subvenciones destinadas a apoyar a la movilidad de artistas canarios dentro y fuera del archipiélago
Información importante: Para la subvención de Movilidad, las notificaciones, resoluciones o documentación a subsanar se publicarán en el tablón de anuncios de la Consejería de Universidades, Ciencia, Innovación y Cultura
Si deseara hacer una consulta, a efectos de ser más precisos con nuestra respuesta, le rogamos nos remita su pregunta a los siguientes correos del ICDC.
IMPORTANTE: El correo ha de incluir tanto la pregunta como la base de la convocatoria en la que se plantea la duda. Sin ambos requisitos, no podremos atender la cuestión planteada.
malonso@icdcultural.org
maena@icdcultural.org
Objeto: Sufragar gastos derivados de la movilidad cultural de artistas, creadores, creadoras y profesionales del sector cultural y las industrias creativas de Canarias. Ello con el fin de fomentar la muestra de sus propuestas en las islas del archipiélago y en el exterior, tanto en territorio nacional como en cualquier otro país del mundo, participando presencialmente en giras, conciertos, residencias artísticas, exposiciones, festivales, ferias, mercados, presentaciones literarias, proyecciones, congresos, jornadas, foros, encuentros, investigaciones y actividades de difusión del patrimonio cultural canario. Así como en cualesquiera eventos de índole cultural en los que los artistas, creadores, creadoras y profesionales del sector cultural y de las industrias creativas de Canarias muestren presencialmente sus creaciones y propuestas al público.
A quién está dirigido: Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite: Interesado
Beneficiarios: Podrán ser personas o entidades beneficiarias de subvenciones las personas físicas o jurídicas, así como las asociaciones culturales sin ánimo de lucro, que deseen extender su propuesta cultural en el archipiélago o en el exterior.
Grado de administración electrónica: Nivel 4: Tramitación electrónica completa.
Se publica en la Ventanilla Única Europea: No.
Requisitos previos: Podrán ser personas o entidades beneficiarias de subvenciones las personas físicas o jurídicas, así como las asociaciones culturales sin ánimo de lucro, que deseen extender su propuesta cultural en el archipiélago o en el exterior en los términos de la base 7.
Cuantía: Se establece un límite máximo a subvencionar de doce mil euros (12.000,00 €) anuales por solicitante.
Criterios de valoración y baremación: Las subvenciones se concederán a las personas solicitantes que reúnan todos los requisitos establecidos en esta convocatoria, siguiendo el orden de prelación temporal de la presentación electrónica de las solicitudes y hasta el agotamiento del presupuesto disponible.
Forma de Abono: En firme para las actividades ya realizadas en el momento de la resolución definitiva y anticipada para las actividades no ejecutadas.
NOTA ACLARATORIA:
De acuerdo con lo estipulado en la base 11.3.1.b) de la convocatoria, para el ejercicio 2024, de subvenciones destinadas a la movilidad cultural de artistas canarios dentro y fuera del archipiélago, en el caso de las agrupaciones de personas físicas que carecen de personalidad jurídica (como pueden ser bandas musicales, grupos de artes musicales o escénicas, colectivos artísticos, etc.) se permite que la agrupación designe un representante (persona física o jurídica) para que pueda solicitar la subvención en nombre de cada una de las personas que la integran, cumpliendo ciertas condiciones.
En particular, será necesario que se presente una declaración responsable convenientemente firmada por cada uno de los artistas y profesionales del sector cultural que participan en la mencionada agrupación, en la que conste claramente su designación de la persona representante (física o jurídica). Se entiende que participan en la agrupación (o que son integrantes del grupo) tanto los artistas como los profesionales del sector cultural que participan presencialmente en la actividad que fundamenta la solicitud de subvención y que, por tanto, han incurrido en gastos subvencionables.
En esta declaración deberán manifestar de manera explícita que autorizan al representante, persona física o jurídica, para, en su nombre, tramitar y recibir el importe de la subvención y actuar en calidad de beneficiario autorizado.
Además, deberán cumplir con el resto de los aspectos contemplados en la referida base 11.3.1.b) de la convocatoria.
MODELO ORIENTATIVO DECLARACIÓN RESPONSABLE
Anexo III Minimis
Anexo IV Memoria descriptiva
Modelo plan de financiación
Bases
Memoria Actuación Justificativa
Memoria Económica Justificativa